Soy Ciudadano de los

Estados Unidos

¿COMO PUEDO solicitar una Exencion Provisional por Presencia Ilegal para un familiar con Derecho a visa

El Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés)


creó un proceso que permite a ciertos cónyuges, hijos y padres de ciudadanos estadounidenses (familiares inmediatos) solicitar una Exención Provisional por Presencia Ilegal mientras aún están en Estados Unidos y antes de partir al extranjero para sus entrevistas de visa de inmigrante.

¿Por qué DHS creó la Exención Provisional por Presencia Ilegal?


Ciertos familiares inmediatos deben viajar al extranjero para obtener sus visas de inmigrante del Departamento de Estado (DOS, por sus siglas en inglés) antes de que puedan regresar a Estados Unidos y ser admitidos como residentes permanentes legales. En muchos casos, los familiares inmediatos también deben solicitar una exención de causal de inadmisibilidad por su presencia ilegal en Estados Unidos. Como resultado, estas personas deben permanecer fuera de Estados Unidos separados de sus cónyuges, padres o hijos estadounidenses, mientras el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) toma una decisión sobre sus solicitudes de exención. En algunos casos, el proceso de la solicitud de exención puede alargarse, prolongando la separación entre estos familiares inmediatos y sus cónyuges, padres o hijos que son ciudadanos estadounidenses. USCIS prevé que este nuevo proceso de Exención Provisional por Presencia Ilegal reducirá significativamente el tiempo que los ciudadanos estadounidenses pasan separados de sus familiares inmediatos. La aprobación de una exención provisional por presencia ilegal antes de dejar el país también permitirá al funcionario consular de DOS emitir una visa de inmigrante sin demora, siempre que no haya otros fundamentos de inadmisibilidad y que el familiar inmediato cumpla los requisitos para obtener una visa de inmigrante. Las personas que pudieran ser inadmisibles por cualquier otra causa no serán elegibles para el proceso de exención provisional por presencia ilegal.

AVISO:

Si su solicitud I-601A es aprobada, su proceso de remoción debe ser terminado o anulado antes de su salida de Estados Unidos a fin de evitar retrasos en el procesamiento de su visa de inmigrante y el riesgo de que resulte inadmisible por otras causas. Después de recibir un aviso de aprobación de su Exención Provisional por Presencia Ilegal, usted y/o su representante legal deben comunicarse con el Asesor Legal Principal de la Oficina de Asesor Jurídico Principal del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de Estados Unidos (ICE, por sus siglas en inglés) para coordinar que sus procedimientos de expulsión sean terminados o anulados. No se comunique con ICE hasta que USCIS apruebe su solicitud I-601A. Una lista de números de teléfono de ICE está disponible en Internet en: http://www. ice.gov/contact/opla. Cuando se comunique con ICE, debe tener disponible una copia de la Notificación de Aprobación de la I-601A para la revisión de ICE.

¿Tendrán que tomar mis huellas digitales o tendré que comparecer a entrevista como parte del proceso de exención provisional por presencia ilegal?


Todos los solicitantes de Exención Provisional por Presencia Ilegal serán llamados a comparecer a un Centro de Asistencia en Solicitudes (ASC, por sus siglas en inglés) para la recopilación de datos biométricos. En general, USCIS no citará a entrevista a solicitantes de Exención Provisional por Presencia Ilegal, pero podría programar entrevistas particulares con algún solicitante si los datos de su caso requieren revisiones o indagaciones adicionales.

¿Cómo saber si soy candidato a una Exención Provisional por Presencia Ilegal?


Usted podría ser candidato a una exención provisional por presencia ilegal si:

1- Está físicamente presente en los Estados Unidos;


2-Tiene al menos 17 años al momento de presentar su solicitud;


3- Es beneficiario de una petición aprobada de visa de inmigrante que lo clasifica como familiar inmediato de un ciudadano estadounidense;


4- Tiene un caso de visa de inmigrante pendiente ante el Departamento de Estado de EE.UU. (DOS) cuyas tarifas de procesamiento ya han sido pagadas; e. Cree que es o será inadmisible al momento de la entrevista de visa de inmigrante por haber acumulado cierto tiempo de presencia ilegal en Estados Unidos; o


5-Cumple todos los demás requisitos de la Exención Provisional por Presencia Ilegal conforme a las regulaciones, para esta aplicacion

¿Cómo saber si no soy candidato a una Exención Provisional por Presencia Ilegal? Usted no es elegible a una Exención Provisional por Presencia Ilegal y su solicitud será rechazada o denegada si: a. No cumple alguno de los requisitos anteriormente enumerados; b. Tiene pendiente ante USCIS un Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus; c. Se encuentra en proceso de remoción, a menos que el mismo se encuentre administrativamente cerrado y no se haya reprogramado a la fecha de presentación del Formulario I-601A, Solicitud de Exención Provisional por Presencia Ilegal; d. Usted está sujeto a una orden administrativa definitiva de expulsión, exclusión o deportación de Estados Unidos;


e. Está sujeto a la restitución de una orden previa de remoción; f. DOS programó su entrevista de visa de inmigrante antes del 3 de enero de 2013, aun cuando no se presentó o usted o DOS cancelaron o reprogramaron la entrevista para el 3 de enero de 2013 o una fecha posterior; g. Usted no demuestra que el rechazo de su admisión a Estados Unidos perjudicaría enormemente a su cónyuge o padre ciudadano estadounidense, o que su solicitud debe de ser aprobada de forma discrecional; o h. USCIS tiene motivos para creer que DOS podría considerarlo inadmisible a visa de inmigrante al momento de su entrevista por motivos distintos a su presencia ilegal.

Si tengo una solicitud pendiente o aprobada de Exención Provisional por Presencia Ilegal, ¿puedo recibir beneficios provisionales?


La presentación o aprobación de una Exención Provisional por Presencia Ilegal no afecta el estatus actual de inmigración de una persona en Estados Unidos. Además, una exención pendiente o aprobada NO: a. Brinda beneficios provisionales, tales como autorización de empleo o permiso adelantado; b. Brinda estatus legal de inmigración; c. Detiene la acumulación del tiempo de presencia ilegal; d. Brinda protección en caso de remoción; e. Elimina el requisito de salir de Estados Unidos para obtener una visa de inmigrante; o f. Garantiza la emisión de una visa de inmigrante o la admisión a Estados Unidos.

¿Qué debo hacer una vez que se tome una decisión sobre mi Solicitud de Exención Provisional por Presencia Ilegal?


USCIS le notificará al Centro Nacional de Visas (NVC, por sus siglas en inglés) la decisión sobre su Solicitud de Exención Provisional por Presencia Ilegal. Una vez que NVC es notificado, DOS reanudará el procesamiento de su caso de visa de inmigrante. Si NVC ha recibido sus formularios y documentos requeridos, la entrevista de visa de inmigrante será programada en la embajada o consulado de EE.UU., y se le notificará la fecha. Si en ese momento usted se encuentra en proceso de deportación o remoción, revise la información sobre cómo lograr que su proceso de deportación o remoción sea terminado o anulado antes de su partida. Si no está en proceso de deportación, o sus procedimientos de remoción ya han sido terminados o anulados, tendrá que salir de los Estados Unidos y asistir a su entrevista de visa de inmigrante según las indicaciones de DOS. Si no sale del país y no asiste a la entrevista de visa de inmigrante, la exención provisional por presencia ilegal no se entrará en efecto y la aprobación perderá validez.

Si USCIS rechaza mi solicitud de Exención Provisional por Presencia Ilegal, ¿puedo apelar o presentar una moción de reapertura o reconsideración de mi caso?

No. Si USCIS rechaza su Solicitud de Exención Provisional por Presencia Ilegal no podrá apelar ni presentar una moción de reapertura o reconsideración del caso. USCIS se reserva el derecho de reabrir y reconsiderar, por determinación propia, la aprobación o el rechazo de una exención provisional por presencia ilegal en cualquier momento

¿Denegará USCIS mi solicitud de Exención Provisional por Presencia Ilegal si tengo historial criminal?


USCIS podría denegar su solicitud si usted tiene historial criminal. Ello dependerá del tipo de delito que haya cometido. Por ejemplo, USCIS podría tener una razón menor para denegar su solicitud si usted fue un delincuente juvenil o si el crimen cae bajo la excepción de delito menor establecido en 212(a)(2)(A)(ii) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés). Sin embargo, si fue un crimen de comportamiento inmoral según dispuesto en INA 212(a)(2)(A)(i)(I), entonces USCIS tendrá una razón de peso para denegar su solicitud debido a su expediente criminal. Al revisar su caso, USCIS determinará si usted cumplió con los demás requisitos de elegibilidad, que incluyen el demostrar que su cónyuge o padre estadounidense sufrirá dificultad extrema, y que usted merece que se ejerza discreción procesal a su favor.

¿Cómo solicito la Exención Provisional por Presencia Ilegal si estoy en proceso de remoción?


Solo ciertas personas en proceso de remoción son candidatas a solicitar una exención provisional por presencia ilegal. Los familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses pueden solicitar esta exención mientras están en proceso de remoción si dicho proceso: • Se encuentra administrativamente cerrado; y • No ha sido reprogramado en el calendario de una corte de inmigración para continuar el procedimiento de remoción a partir de la fecha de presentación del Formulario I-601A. Aun así, usted debe cumplir todos los requisitos para la Exención Provisional por Presencia Ilegal, incluyendo el de tener un caso de visa de inmigrante pendiente en DOS y haber pagado la tarifa de procesamiento de la visa de inmigrante. Incluya una copia de la orden que indica que el caso se encuentra administrativamente cerrado junto con su solicitud. Aunque usted se encuentre en un proceso de remoción, debe presentar la solicitud de exención provisional por presencia ilegal ante USCIS.

¿Qué puedo hacer si USCIS rechaza mi Solicitud de Exención Provisional por Presencia Ilegal o si retiro mi solicitud?


Si USCIS rechaza su Solicitud de Exención Provisional por Presencia Ilegal o si usted la retira antes de que USCIS tome una decisión, puede presentar un nuevo Formulario I-601A conforme a las instrucciones de dicho formulario, pagando las tarifas exigidas e incluyendo toda la documentación adicional que, a su juicio, demuestre que cumple con los requisitos para la Exención Provisional por Presencia Ilegal. Sólo puede presentar una nueva Solicitud de Exención Provisional por Presencia Ilegal si su caso de visa de inmigrante está pendiente ante DOS. Para obtener más información, consulte la página de Web de DOS en www.immigrantvisas.state.gov.


Otra opción es presentar un Formulario I-601, Exención de Causal de Inadmisibilidad, enviándolo a una Localidad Segura (Lockbox) de USCIS, luego de su entrevista de visa de inmigrante y después de que el funcionario consular de DOS determine que usted es inadmisible en Estados Unidos.

Si USCIS rechaza mi Solicitud de Exención Provisional por Presencia Ilegal, ¿iniciarán procesos de remoción contra mí?


USCIS no prevé iniciar procesos de remoción ni referir a ICE a los solicitantes de Exención Provisional por Presencia Ilegal cuando USCIS aprueba o rechaza sus solicitudes o los solicitantes retiran las mismas. Conforme a su política normativa vigente sobre la emisión de Notificación de Avisos de Comparecencia (NTA, por sus siglas en inglés) y de referidos a ICE, USCIS normalmente referirá a ICE a una persona sólo si es considerada prioridad de control de seguridad de DHS, es decir, si tiene historial penal, ha cometido fraude o representa en modo alguno una amenaza a la seguridad nacional o a la seguridad pública.


USCIS seguirá la política de emisión de NTA de DHS vigente al momento de tomar su decisión si iniciará un proceso de remoción contra un solicitante de Exención Provisional por Presencia Ilegal. Además, si se descubren actos, omisiones o actividades posteriores a la aprobación de su exención que pudieran cumplir los criterios para la emisión de un NTA o se determina que dicha exención fue otorgada por error, USCIS podrá emitir un NTA en conformidad con la política de emisión de NTA de DHS, además de reabrir el proceso de aprobación de la Exención Provisional por Presencia Ilegal y rechazar la solicitud de exención

¿Cómo solicito la Exención Provisional por Presencia Ilegal? Para solicitar una Exención Provisional por Presencia Ilegal debe presentar un Formulario I-601A, Solicitud de Exención Provisional por Presencia Ilegal. Asegúrese de que su solicitud esté completa, firmada y sea presentada con el pago correcto de la tarifas de solicitud y de datos biométricos. Siga las instrucciones de la solicitud I-601A y visite regularmente el sitio web de USCIS www.uscis. gov/espanol/formularios para que esté al tanto de posibles actualizaciones en las instrucciones o tarifas.